
El máximo tribunal emitió una resolución sobre la validez de una acción de amparo, lo que dejó vigente provisoriamente el artículo del DNU 70/2023. Desde el tribunal aclararon que no se expidieron sobre el fondo de la cuestión. El arco opositor y organizaciones sociales salieron al cruce de la decisión.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo en el que revocó la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del DNU 70/2023, norma impulsada por el gobierno de Javier Milei que derogaba la Ley de Tierras Rurales, número 26737. La decisión generó una rápida polarización política, críticas de sectores opositores y ambientales, y una posterior aclaración institucional por parte del máximo tribunal.
Con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, el tribunal resolvió hacer lugar al recurso presentado y revocar el fallo anterior de la Cámara Federal de La Plata.
Sin embargo, ante la magnitud de las reacciones públicas, la propia Corte Suprema emitió un comunicado para aclarar los alcances estrictos de su resolución. El tribunal enfatizó que no se pronunció sobre la constitucionalidad del régimen de tierras rurales ni sobre la validez definitiva del DNU 70/2023.
Explicó además que la decisión central consistió en determinar que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata -impulsor de la demanda original- no contaba con la legitimación procesal adecuada para promover esa acción colectiva.
Los magistrados insistieron en que el debate sobre si la desregulación de la compra de tierras a extranjeros vulnera o no la Constitución nacional deberá dirimirse cuando lleguen a su despacho expedientes que traten estrictamente la cuestión de fondo.
Repercusiones políticas y advertencias institucionales
El fallo reavivó de inmediato la tensión en el escenario político nacional. Mientras que desde el Poder Ejecutivo se respaldó la medida bajo premisas republicanas, organizaciones sociales, campesinas y bloques de la oposición opositora manifestaron su profunda preocupación. Argumentan que, en la práctica, la caída de la medida cautelar deja desprotegido temporalmente el dominio territorial frente a la extranjerización y la compra masiva de recursos naturales en zonas de frontera y cuerpos de agua.
Ante este panorama, sectores legislativos ya analizan alternativas para acelerar debates en el Congreso orientados a frenar los efectos del DNU.
Por su parte, en un tramo inusual de su comunicación oficial, la Corte Suprema cuestionó las descalificaciones públicas y recordó que los grupos de interés y sectores afectados cuentan con los canales institucionales adecuados para llevar sus reclamos ante la Justicia, ponderando este camino por encima de la polarización en redes sociales.
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