sin título 2

Cambios en las penas para menores: El Senado aprobó la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años

Así, La Libertad Avanza consiguió un nuevo triunfo legislativo durante el período de sesiones extraordinarias.

El Senado aprobó este viernes la baja de edad de imputabilidad de los menores de 16 a 14 años con la reforma de la Ley Penal Juvenil. La votación resultó 44 votos positivos y 27 negativos.

Así, La Libertad Avanza consiguió un nuevo triunfo legislativo para el período de sesiones extraordinarias. Incluso, la jefa del bloque de senadores oficialistas, Patricia Bullrich, pidió un minuto de silencio para las víctimas de los hechos de inseguridad.

Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela tienen fijada la edad de imputabilidad en 14 años, mientras que Brasil, Costa Rica, Ecuador, El Salvador y Panamá inician en los 12 años. En ambos casos, el tratamiento de los niños y jóvenes que cometen delitos se basa en impartir medidas socioeducativas que priorizan su reinserción en la sociedad.

El oficialismo argumentó que “aumentaron los delitos cometidos por menores” de entre 12 y 15 años, con una participación “creciente” en delitos graves, lo que genera una sensación de «injusticia» e «impunidad», dos situaciones que el Ministerio de Seguridad, hoy comandado por Alejandra Monteoliva y previamente por la actual senadora libertaria Patricia Bullrich, se pretenden combatir desde el inicio de su gestión.

Asimismo, se busca actualizar una norma que fue instalada en el año 1980 por considerarse necesaria la instalación de “un marco legal moderno” que se adapte al escenario actual de la delincuencia juvenil.

Por último, desde las filas libertarias señalaron que muchas bandas utilizan a menores de edad como parte de los hechos delictivos que cometen porque saben “que no pueden ser procesados” y este proyecto pretende contrarrestar esa estrategia.

Un cambio en el debate

El oficialismo originalmente había impulsado el proyecto que iniciaba la punibilidad de los menores en los 13 años, aunque tuvo que comenzar una “negociación parlamentaria” con los bloques dialoguistas y elevarla a 14 para lograr el consenso político y, por ende, los votos necesarios para obtener la primera media sanción en Diputados.

Con esa modificación, aseguró el acompañamiento de las fuerzas aliadas como el PRO y la UCR, que señalaban que los 14 años representaban un límite más equilibrado y estaban en sintonía con el resto de los países de la región.

El proyecto

La ley crea un sistema penal juvenil especializado para adolescentes de 14 a 18 años, con el objetivo de garantizar procesos judiciales adecuados a la edad. El texto establece la presunción favorable a la minoría de edad y que los menores de 18 años no compartan ámbitos judiciales ni penitenciarios con adultos.

El régimen introduce principios como legalidad, proporcionalidad y excepcionalidad de la privación de libertad, y prioriza la resocialización de los jóvenes. El sistema prevé que los adolescentes cuenten con garantías judiciales desde el inicio y que las causas se tramiten en órganos y centros especializados. Se contempla la rápida intervención judicial y el derecho de los adolescentes a ser escuchados y que su familia participe activamente en el proceso.

El capítulo dedicado a las víctimas otorga un rol central a quienes resulten damnificados por delitos juveniles. El proyecto garantiza asistencia jurídica y psicológica inmediata, la posibilidad de intervenir en audiencias y oponerse a decisiones del Ministerio Público Fiscal, y la participación en instancias restaurativas como la mediación penal juvenil.

El sistema de sanciones prevé un esquema progresivo y diversificado, que incluye medidas educativas, tareas comunitarias, monitoreo electrónico y reparación del daño, además de restricciones de circulación. La privación de libertad solo se aplicará en delitos graves, con límites estrictos de tiempo y separación permanente de los jóvenes respecto de los adultos.

En la etapa de ejecución de sanciones, el proyecto incorpora la figura del supervisor judicial especializado, responsable de acompañar y monitorear el proceso de reinserción. La libertad condicional solo podrá otorgarse con aval del Ministerio Público Fiscal y bajo condiciones precisas. También se incluyen respuestas específicas para problemáticas de salud mental y consumo problemático, con intervención de equipos interdisciplinarios.

La propuesta detalla estándares de alojamiento que prohíben la convivencia de adolescentes con adultos y garantizan acceso a educación, cultura, recreación y atención espiritual. Se prevé diferenciación por edad y situación procesal dentro de los centros, así como capacitación del personal a cargo.

En los casos de menores inimputables, el texto dispone intervención judicial para investigar el hecho y aplicar medidas curativas o protectoras, siempre bajo la órbita de la justicia civil. Además, se estipula la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil.

Con información de Noticias Argentinas e Infobae

Compartir